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Verifactu: las dos modalidades de registro y cuándo elegir cada una

Contenido orientativo con fuentes oficiales. No sustituye asesoramiento jurídico ni técnico especializado.

El RD 1007/2023 establece dos modalidades de cumplimiento para el sistema Verifactu. La diferencia principal radica en si los registros de facturación se envían automáticamente a la AEAT o se conservan internamente. Ambas son legalmente válidas, aunque tienen implicaciones prácticas distintas ante una inspección tributaria.

Puntos clave

  • 1Modalidad Verifactu: envío automático a la AEAT de cada registro de facturación en tiempo real
  • 2Modalidad no-Verifactu: los registros se conservan localmente y se entregan solo si son requeridos por Hacienda
  • 3En modalidad Verifactu, la factura incluye la leyenda 'Verifactu' visible en el documento
  • 4La modalidad Verifactu proporciona mayor certeza jurídica ante una inspección (los datos ya están en la AEAT)
  • 5En modalidad no-Verifactu, el contribuyente es responsable de conservar y poder entregar los registros
  • 6La mayoría de proveedores de software recomiendan la modalidad Verifactu por simplicidad operativa

Comparativa de las dos modalidades

La elección entre modalidades depende de factores como la conectividad del sistema de facturación, el volumen de facturas y la preferencia de la dirección ante el nivel de visibilidad que se da a la AEAT sobre la facturación en tiempo real.

AspectoModalidad VerifactuModalidad no-Verifactu
Envío a AEATAutomático en tiempo realSolo si hay requerimiento
Leyenda en facturaSí: 'Factura verificable en AEAT'No (no hay leyenda Verifactu)
Conservación internaNo obligatoria (ya está en AEAT)Obligatoria durante período de prescripción
Ante inspecciónAEAT ya tiene los datosHay que entregar los registros al inspector
Requisito de conectividadSí (acceso a internet en el momento de facturar)No (puede factuar offline)
Complejidad operativaMenor (envío automático)Mayor (gestión interna de registros)

¿Qué pasa si falla la conexión en modalidad Verifactu?

El RD 1007/2023 prevé que si hay problemas técnicos de conectividad, el software puede emitir las facturas en modo diferido y enviar los registros en cuanto se restablezca la conexión. El software debe llevar un registro de los envíos pendientes. Esta contingencia debe estar documentada en el procedimiento operativo del software.

Próximos pasos recomendados

  1. 1Consulta con tu proveedor de software qué modalidades soporta su solución
  2. 2Evalúa la conectividad de tu entorno de facturación (¿siempre conectado a internet?)
  3. 3Decide la modalidad con tu asesor fiscal teniendo en cuenta el impacto ante posibles inspecciones

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Fuentes y referencias

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